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		<title>Schedule</title>
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			<title> Gregorio Pascual - Abstract</title>
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			<description><![CDATA[<p style="font-weight: 400; text-align: center;"><strong>Directriz básica de Protección Civil ante el riesgo de Maremotos</strong></p>
<p style="font-weight: 400; text-align: center;"><strong>Gregorio Pascual Santamaría<br /></strong></p>
<p style="font-weight: 400; text-align: center;">Protección Civil y Emergencias (España)</p>
<p style="font-weight: 400; text-align: center;">Resumen</p>
<p style="font-weight: 400; text-align: justify;">El riesgo ante maremotos en España, aunque significativo, no es comparable con el de otras zonas del mundo, debido a la baja probabilidad de ocurrencia de los fenómenos que los generan en mares próximos. Sin embargo  la vulnerabilidad actual de nuestras costas es muy superior a la que tenían cuando ocurrió  el terremoto de Lisboa, que género el maremoto que más daño ha causado en nuestro país.</p>
<p style="font-weight: 400; text-align: justify;">Las medidas preventivas que se pueden adoptar ante este riesgo consisten, principalmente, en la estimación de consecuencias, confección de mapas de riesgo, ordenación del territorio, sistemas de alerta temprana y la puesta en funcionamiento, en su caso, de los <strong>Planes de Emergencia específicos</strong>.</p>
<p style="font-weight: 400; text-align: justify;">La<strong> Ley 2/1985 sobre Protección Civil</strong>, señala que la Protección Civil debe plantearse como un conjunto de actividades llevadas a cabo de acuerdo con una ordenada y previa planificación. En su capítulo III, al regular los planes de protección civil, distingue entre planes territoriales, para hacer frente a las emergencias generales que se puedan presentar en cada ámbito territorial, y planes especiales, para hacer frente a riesgos específicos cuya naturaleza requiera una metodología técnica adecuada para cada uno de ellos.</p>
<p style="font-weight: 400; text-align: justify;"> Por otra parte, en el desarrollo de la <strong>Ley 2</strong>, mediante la <strong>Norma Básica de Protección Civ</strong>il, se establece la necesidad de la elaboración de Planes Especiales de Protección Civil ante determinados riesgos, de acuerdo  con las directrices básicas relativas a cada riesgo.  En ellas que se establecen los requisitos mínimos sobre los fundamentos, estructura, organización, criterios operativos, medidas de intervención e instrumentos de coordinación que deben cumplir los <strong>Planes Especiales</strong>.</p>
<p style="font-weight: 400; text-align: justify;">Trataremos en nuestra presentación de plantear el estado actual de la tramitación de la nueva <strong>Directriz Básica ante Maremotos</strong>, así como el desarrollo histórico de los planes y proyectos que se han venido realizando desde los años ochenta.</p>]]></description>
			<category>Gregorio Pacual Abstract</category>
			<pubDate>Thu, 18 May 2023 07:47:16 +0000</pubDate>
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